PRINCIPIOS ESENCIALES

La plantilla de PIMESA está integrada por personal laboral al servicio de una empresa pública que ha adoptado la forma de sociedad mercantil.

Las relaciones laborales entre PIMESA y su personal se rigen por el Convenio Colectivo de Empresa.

Al personal de PIMESA le resulta de aplicación la Disposición adicional primera del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, relativa a los deberes de los empleados públicos (Código de Conducta), los principios rectores de acceso al empleo público y los criterios de acceso al empleo de las personas con discapacidad.

FUNDAMENTOS DE ACTUACIÓN

Los órganos de gobierno de la Empresa aplicarán una política de recursos humanos que tenga en cuenta los siguientes fundamentos de actuación:

  • Servicio a la ciudadanía y a los intereses generales.
  • Igualdad, mérito y capacidad en el acceso y en la promoción profesional.
  • Sometimiento pleno a la Ley y al Derecho.
  • Igualdad de trato entre mujeres y hombres.
  • Objetividad, profesionalidad e imparcialidad en el servicio.
  • Eficacia en la planificación y gestión de los recursos humanos.
  • Desarrollo y cualificación profesional permanente del personal.
  • Transparencia.
  • Evaluación y responsabilidad en la gestión.
  • Jerarquía en la atribución, ordenación y desempeño de las funciones y tareas.
  • Negociación colectiva y participación, a través del Comité de Empresa, en la determinación de las condiciones de empleo.

COMPETENCIAS DEL CONSEJO

El Consejo de Administración de PIMESA tiene atribuidas las siguientes competencias en materia de política de recursos humanos:

  • Impulsar, supervisar y coordinar la política de recursos humanos de PIMESA.
  • Aprobar la Masa Salarial de PIMESA a 31 de diciembre de cada ejercicio.
  • Aprobar anualmente la plantilla de la Empresa.
  • Aprobar la Oferta de Empleo y los instrumentos de planificación de personal.
  • Aprobar los programas y el contenido de las pruebas de selección de personal, convocarlas y designar sus tribunales, en los términos establecidos en el presente Convenio.
  • Realizar las contrataciones de personal laboral fijo, una vez superados los procedimientos selectivos aprobados.
  • Establecer las instrucciones y directrices a que debe sujetarse la Gerencia en la negociación con el Comité de Empresa en materia de condiciones laborales.
  • Acordar la extinción de los contratos del personal laboral.
  • Resolver los asuntos laborales que se le planteen.

COMPETENCIAS DE LA GERENCIA

La Gerencia de PIMESA tiene atribuidas las siguientes competencias en materia de política de recursos humanos:

  • Proponer al Consejo de Administración de la Empresa la política de recursos humanos de PIMESA y ejecutarla de acuerdo con sus directrices.
  • Dirigir, gestionar y administrar los recursos humanos de la Empresa, adoptando las decisiones sobre sistemas, métodos y procedimientos de organización del trabajo que considere oportuno para cumplir las directrices marcadas por el Consejo de Administración, los fines sociales y los objetivos empresariales.
  • Elevar al Consejo de Administración la propuesta de plantilla de la Empresa, para su aprobación.
  • Realizar la propuesta de Oferta de Empleo y los instrumentos de planificación de personal, para su aprobación por el Consejo de Administración.
  • Establecer y negociar con el Comité de Empresa las bases de selección y de provisión de personal, para su aprobación por el Consejo de Administración.
  • Organizar los procedimientos selectivos hasta la propuesta de la contratación del personal laboral fijo al Consejo de Administración.
  • Realizar las contrataciones de personal laboral temporal, una vez superados los procedimientos selectivos que correspondan.
  • Intervenir en las negociaciones con el Comité de Empresa respecto de las condiciones laborales en el ámbito de sus competencias y facultades.
  • Impulsar, coordinar y, en su caso, establecer y ejecutar los planes y medidas en materia de formación del personal de PIMESA.
  • Proponer al Consejo, de forma motivada, la extinción de los contratos del personal laboral.