INFORMACIÓN PÚBLICA
LÍMITES AL DERECHO DE ACCESO
La aplicación de los límites al derecho de acceso a la información pública será proporcional a su objeto y finalidad según las circunstancias de cada caso concreto y se interpretará siempre de manera restrictiva en beneficio del derecho de acceso.
Cuando la información solicitada contenga datos de carácter personal, se atenderá a lo establecido en la normativa de aplicación.
SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN
La solicitud de acceso se podrá tramitar a través de la sede electrónica de PIMESA o cumplimentado una Solicitud de Acceso a Información Pública que se presentará en el Registro General de PIMESA, ubicado en la calle Diagonal del Palau nº 7 de Elche (código postal 03202), de forma presencial o por correo certificado.
La persona solicitante no está obligada a motivar su solicitud, no obstante, podrá exponer los motivos por los que solicita la información y que podrán ser tenidos en cuenta cuando se dicte la resolución.
Muy importante: Para el caso de los servicios públicos municipales que gestiona PIMESA, la solicitud se dirigirá al Ayuntamiento de Elche.
RESOLUCIÓN
Este plazo podrá ampliarse por otro mes en el caso de que el volumen o la complejidad de la información que se solicita así lo hagan necesario y previa notificación a la persona solicitante.
Serán motivadas las resoluciones que denieguen el acceso, las que concedan el acceso parcial o a través de una modalidad diferente a la solicitada y las que permitan el acceso cuando haya habido oposición de un tercero.
Transcurrido el plazo máximo para resolver sin que se haya dictado y notificado resolución expresa se entenderá que la solicitud ha sido desestimada.