MEDIO PROPIO

PIMESA tiene la consideración de medio propio personificado respecto del Ayuntamiento de Elche ya que cumple todos y cada uno de los requisitos establecidos en el artículo 32.2 de la Ley de Contratos del Sector Público:

El Ayuntamiento de Elche, como poder adjudicador que puede conferirle encargos, ejerce sobre PIMESA un control, directo o indirecto, análogo al que ostenta sobre sus propios servicios o unidades, de manera que el primero pueda ejercer sobre la sociedad municipal una influencia decisiva sobre sus objetivos estratégicos y decisiones significativas.

Más del 80 por ciento de las actividades de PIMESA, como ente destinatario del encargo, se llevan a cabo en el ejercicio de los cometidos que le han sido confiados por el Ayuntamiento de Elche, como poder adjudicador que hace el encargo y que lo controla.

PIMESA, como ente destinatario del encargo, es una sociedad de personificación jurídico-privada, cuyo capital social es de titularidad del Ayuntamiento de Elche.

La condición de medio propio personificado de PIMESA respecto del Ayuntamiento de Elche se ha reconocido expresamente en sus Estatutos Sociales.
PIMESA tiene dicha consideración de medio propio personificado por acuerdo del Ayuntamiento de Elche en Pleno, actuando como socio único de PIMESA, convocado para celebrar Junta General Extraordinaria, en sesión celebrada el día 30 de julio de 2018.

El artículo 1.2 de los Estatutos Sociales de PIMESA expone:

PIMESA tiene, a efectos de lo dispuesto la Ley de Contratos del Sector Público, la condición de medio propio personificado respecto del Ayuntamiento de Elche, que podrá encargar a PIMESA la realización de trabajos, servicios y cualesquiera actuaciones relacionadas con su objeto social.

PIMESA en las actuaciones que el Ayuntamiento de Elche le encargue se regirá por las instrucciones fijadas unilateralmente por aquel, teniendo en todo caso naturaleza instrumental y no contractual, por lo que, a todos los efectos, tienen carácter interno, dependiente y subordinando, siendo estas actuaciones de ejecución obligatoria para la Sociedad, de modo que la comunicación efectuada por el Ayuntamiento de Elche encargando una actuación a PIMESA supondrá la orden para iniciarla.

La compensación se determinará aplicando a las actividades objeto del encargo realizadas por PIMESA las tarifas aprobadas por el Ayuntamiento de Elche, atendiendo a lo establecido en la legislación de contratación pública.

Como consecuencia de su condición de medio propio personificado, PIMESA no podrá participar en licitaciones públicas convocadas por el Ayuntamiento de Elche, sin perjuicio de que, cuando no concurra ningún licitador, pueda encargársele la ejecución de la prestación objeto de las mismas”.

PIMESA hace público el texto íntegro de las encomiendas de gestión y encargos a medio propio aprobados por el Ayuntamiento de Elche, con indicación de su objeto, presupuesto, duración, obligaciones económicas, etc., con la finalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en la legislación de aplicación en materia de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

Encargos

Liquidaciones