CUENTAS ANUALES Y AUDITORÍAS

CUENTAS ANUALES

Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 8.1.e) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y en el artículo 17.1.b) de la Ley 1/2022, de 13 de abril, de transparencia y buen gobierno de la Comunitat Valenciana, PIMESA publica la información relacionada con las cuentas anuales que deben rendirse y los informes de auditoría de cuentas y de fiscalización que emiten sobre ella los órganos de control externo.

De acuerdo con el artículo 29 de los Estatutos Sociales de PIMESA, su Consejo de Administración está obligado a formular en el plazo máximo de tres meses contados a partir del cierre del ejercicio social, el inventario y el balance de cuenta de pérdidas y ganancias, la propuesta de distribución de beneficios y la memoria explicativa, que son sometidos a la aprobación de la Junta General.

PIMESA publica sus cuentas anuales una vez aprobadas por el Excmo. Ayuntamiento Pleno, como representante del socio único de la Sociedad, ejerciendo las competencias de Junta General.

INFORME SINDICATURA DE COMPTES

La Sindicatura de Comptes de la Comunitat Valenciana, en virtud de lo dispuesto en los artículos 2.1.d) y 6.1.a) de la Ley de la Generalitat Valenciana 6/1985, de 11 de mayo, y conforme a lo previsto en los programas anuales de actuación de 2017 y 2018, auditó las cuentas anuales de 2016 de PIMESA. Dichas cuentas comprenden el balance a 31 de diciembre de 2016, la cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado de flujos de efectivo y la memoria correspondiente al ejercicio terminado en dicha fecha.

Se planificó y ejecutó, asimismo, una fiscalización de seguridad razonable que permitió expresar una opinión sobre si la gestión contractual de la Entidad durante el ejercicio 2016 resulta conforme, en todos los aspectos significativos, con las normas de contratación aplicables.

En combinación con la auditoría financiera de las cuentas anuales, se planificó y ejecutó una revisión de cumplimiento de legalidad para emitir conclusiones de seguridad limitada, sobre si las actividades realizadas durante el ejercicio 2016 resultan conformes en determinados aspectos significativos con las normas aplicables a la gestión de los fondos públicos.