El Consejo de Administración de PIMESA, celebrado el día 5 de mayo de 2020, en virtud de la situación excepcional derivada de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, ha adoptado medidas concretas dirigidas a apoyar a las familias y empresas arrendatarias de sus viviendas, locales y oficinas, afectadas por la suspensión o reducción drástica de sus ingresos económicos, con la consiguiente pérdida o minoración de su capacidad para hacer frente a sus obligaciones de pago de renta de los inmuebles alquilados.
Se trata de una serie de medidas que mejoran las aprobadas por el Gobierno, con el objetivo de apoyar a las familias en la situación de vulnerabilidad y a empresas y profesionales que se hayan visto afectados por la suspensión de actividad y por la reducción drástica de sus ingresos, favoreciendo así su recuperación económica.
Viviendas protegidas en alquiler
Tras contactar con todas las personas arrendatarias de viviendas propiedad de PIMESA para conocer cuál era el grado de afectación sobrevenida como consecuencia de la pandemia del COVID-19, el Consejo de Administración ha aprobado, para las personas en situación de vulnerabilidad provocada por esta causa, que se inicie la renegociación de los contratos suscritos, por causa de fuerza mayor, con unas importantes mejoras sobre las medidas mínimas establecidas en el Real Decreto Ley 11/2020 aprobado por el Gobierno de España.
En concreto, se propondrá a las personas afectadas la aplicación de una reducción del 50% de la renta arrendaticia durante el tiempo que dure el estado de alarma decretado por el Gobierno y las mensualidades siguientes si aquel plazo fuera insuficiente en relación con la referida vulnerabilidad, con un máximo de cuatro meses y a partir de la mensualidad de abril; una moratoria en el pago del resto (50%) de la renta arrendaticia por el mismo periodo, mediante el fraccionamiento mensual de las cuotas durante tres años, sin penalizaciones e intereses; y la congelación de las rentas en 2020 y 2021, no aplicándose la actualización de las rentas arrendaticias a las variaciones que experimente el Índice de Precios al Consumo (IPC) hasta el 1 de enero de 2022.
Locales comerciales y oficinas
Tras contactar con todas las personas arrendatarias de locales y oficinas de PIMESA para conocer su situación actual, el Consejo de Administración de PIMESA ha aprobado, para los titulares de locales comerciales afectados por la suspensión de la apertura al público de los locales y establecimientos minoristas y en el ámbito educativo y de la formación, que se inicie la renegociación de los contratos suscritos, por causa de fuerza mayor, con unas importantes mejoras sobre las medidas mínimas establecidas en el Real Decreto Ley 15/2020 aprobado por el Gobierno.
En concreto, se propondrá a las personas afectadas la aplicación de una reducción del 50% de la renta arrendaticia durante el tiempo que dure el estado de alarma decretado por el Gobierno y sus prórrogas y las mensualidades siguientes si aquel plazo fuera insuficiente en relación con el impacto provocado por el COVID-19, con un máximo de cuatro meses y a partir de la mensualidad de abril; una moratoria en el pago del resto (50%) de la renta arrendaticia por el mismo periodo, mediante el fraccionamiento mensual de las cuotas durante tres años, sin penalizaciones e intereses; una moratoria en el pago del 50% de la renta arrendaticia que afectará a los tres meses siguientes al periodo de tiempo anterior, mediante el fraccionamiento mensual de las cuotas durante tres años, sin penalizaciones e intereses; y la congelación de las rentas en 2020 y 2021, no aplicándose la actualización de las rentas arrendaticias a las variaciones que experimente el IPC hasta el 1 de enero de 2022.
Para los titulares de oficinas y locales comerciales no afectados por la suspensión de la apertura al público perjudicados por la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, el Consejo de Administración ha aprobado que se inicie la renegociación de los contratos suscritos, por causa de fuerza mayor, con mejoras significativas sobre las medidas mínimas establecidas en el Real Decreto Ley 15/2020. En concreto, una moratoria en el pago de la totalidad de la renta arrendaticia que afectará a las mensualidades de abril, mayo, junio y julio de 2020, mediante el fraccionamiento mensual de las cuotas durante tres años, sin penalizaciones e intereses; y la congelación de las rentas en 2020 y 2021, no aplicándose la actualización de las rentas arrendaticias a las variaciones que experimente el IPC hasta el 1 de enero de 2022.
Estación de Autobuses de Elche
Para las empresas que actúan como operadores de transporte público de viajeros por carretera en la Estación de Autobuses con contratos de arrendamiento de instalaciones y de prestación de servicios, afectadas directamente por la reducción de la oferta total de operaciones en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 14 del Real Decreto 463/2020, por el que se declaró el estado de alarma, el Consejo de Administración ha aprobado que se inicie la renegociación de los contratos suscritos, por causa de fuerza mayor, mediante una reducción del 50% de la renta arrendaticia durante el tiempo que dure la reducción de la oferta total de operaciones en el transporte público de viajeros vinculado a la declaración del Estado de Alarma por el Gobierno de España.