CONTRATOS MENORES

PIMESA es un poder adjudicador que no tiene la condición de Administración Pública al que resulta de aplicación lo dispuesto en el artículo 318.a) de la Ley de Contratos del Sector Público.

Para los contratos de valor estimado inferior a 40.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, de concesiones de obras y concesiones de servicios, o a 15.000 euros, cuando se trate de contratos de servicios y suministros, PIMESA tramita y aprueba un expediente teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 118 de la Ley de Contratos del Sector Público.

PIMESA publica estos contratos de acuerdo con lo establecido en el artículo 63.4 de la Ley de Contratos del Sector Público, relativo al perfil de contratante, al menos trimestralmente, detallando: el objeto, la duración, el importe de adjudicación, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, y la identidad del adjudicatario, ordenándose los contratos por la identidad del adjudicatario.

No se publican en este apartado aquellos contratos cuyo valor estimado es inferior a cinco mil euros, ya que PIMESA ha establecido un sistema para realizar pagos menores.

Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la legislación de aplicación en materia de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, se da acceso a la información relativa a este tipo de contratos.

Relación de los contratos menores formalizados a partir de la entrada en vigor, el día 9 de marzo de 2018, de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.